Las asociaciones civiles sin fines de lucro en Venezuela, se encuentran reguladas por la Ley de Fiscalización, Regularización, actuación y financiamiento de las Organizaciones no gubernamentales ONG y Organizaciones sociales sin fines de lucro, la cual fue publicada en Gaceta oficial extraordinaria N° 6.855 del 15 de Noviembre del 2024. Estás organizaciones necesitan de un patrimonio para realizar sus actividades, el mismo puede estar conformado por bienes muebles e inmuebles, según la necesidad de la asociación civil sin fines de Lucro, para desarrollar su objeto. En tal sentido las asociaciones civiles sin fines de lucro, debe contar con un inventario inicial al momento de constituirse y protocolizar la respectiva acta constitutiva. Estás disposiciones se encuentran establecidas en el Artículo 13 Numeral 9 de la precitada ley. Que debe contener el acta constitutiva de la organización no gubernamental ONG u Organizaciones sociales sin fines de lucro: Art 13: 1) La denominación, natura...