Requisitos para la apertura de cuentas de corretaje bursátil para personas naturales:
La Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL) mediante circular N° 000013 de fecha 14 Agosto del 2023, flexibilizó los requisitos para la apertura de cuentas de corretaje bursátil para personas naturales, ante casas de bolsa y sociedades de corretaje debidamente autorizadas. Definiendo dos niveles:
1. Cuentas de corretaje bursátil (CCBU) personas naturales nivel 1:
Las cuentas con una inversión máxima de 12.000 mil Bolívares mensuales, deberán consignar los siguientes requisitos:
- Copia de la cédula de identidad vigente, en caso de ser extranjero copia del pasaporte vigente del inversionista.
2. Cuentas de corretaje bursátil (CCBU) personas naturales nivel 2:
Las cuentas con una inversión mayor a 12.001 Bolívares al mes deberán consignar los requisitos del nivel 1, acompañado de los siguientes requisitos:
- Rif vigente del inversionista
- Informe de atestiguamiento de ingresos, emitido por un contador público, cuando se trata de personas naturales que trabajen independientes, en caso de empleados deberán consignar constancia de trabajo.
En cuanto a las personas jurídicas deben regirse por los requisitos previstos en el Artículo 46 de las normas relativas a la administración y fiscalización de los riesgos relacionados con los delitos de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo, a la proliferación de armas de destrucción masiva y otros ilicitos.
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