Los acuerdos pre societarios, son aquellos realizados por 2 o más personas, previo a la constitución de una empresa o cualquier otra forma de negocio, a lo fines de verificar el cumplimiento de determinados aspectos en un tiempo específico; entre estos podemos mencionar: el comportamiento de los socios.
Ejemplo: supongamos que tres (3) personas, quieren iniciar un negocio, pero antes de registrar una empresa quieren analizar como evoluciona el negocio los primeros días o quieren observar como es el comportamiento de los socios durante un tiempo determinado, es decir si son responsables, tienen experiencia o buena conducta.
Los acuerdos pre societarios son ideales para minimizar los riesgos legales y financieros, que conlleva realizar negocios a priori o celebrados por impulsos emocionales. En síntesis la celebración de este tipo de acuerdos, te evita perder tiempo, dinero y problemas legales.
Estos acuerdos suelen celebrarse de manera privada entre las partes y entre sus clapsulas se encuentran: la duración del acuerdo, las personas involucradas, las inversiones realizadas, las obligaciones de cada socio y otros aspectos propios de la dinámica de cada negocio o sector económico.
Espero que este artículo sea de gran ayuda para tu persona, igualmente si conoces una persona que pueda interesarle compártelo.
Autor:
Carlos Díaz, Abogado especialista en Derecho Mercantil.
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