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Que es la Traditio?



La traditio es el acto mediante el cual de manera voluntaria un poseedor legítimo  hace entrega de la cosa a otra persona, siempre contando con la voluntad de las partes en transmitirla y adquirirla, demostrando ante el ordenamiento jurídico la legitimidad de dicha transmisión.

Para hablar de traditio es necesario conocer el concepto de posesión, según el Articulo 771 del Código Civil Venezolano, la posesión es la tenencia de una cosa, o el goce de un derecho que ejercemos por nosotros mismos o por medio de otra persona que detiene la cosa o ejerce el derecho en nuestro nombre.
La traditio, forma parte de la Adquisición Derivativa de la posesión, acto jurídico donde se manifiesta la voluntad del anterior poseedor de transmitir la cosa al nuevo poseedor. Y Esta puede ser de tres maneras.

1) La Traditio propiamente dicha: la cual consiste en la entrega que hace el anterior poseedor de la cosa al nuevo poseedor de modo de ponerla en poder de él. Debe ser voluntaria para que existan efectos legales. Existe desplazamiento de la cosa de manos del anterior al nuevo poseedor.

2) La Traditio Brevi Manu: Se diferencia de la traditio en que no existe desplazamiento de la cosa del anterior al nuevo poseedor porque el nuevo ya detentaba la cosa. Por ejemplo una persona que se encuentra alquilada en una cosa y decida comprarla para seguir viviendo en ella

3) El Constitutum Possessorium: opera de la misma manera de la traditio brevi manu, es decir no hay desplazamiento de la cosa pero en este caso el anterior propietario se convierte en poseedor precario o en poseedor en nombre ajeno. Por ejemplo un propietario que vende una casa pero sigue poseyendo en nombre del nuevo poseedor en calidad de arrendatario.

También existe la traditio instrumental o documental, sucede cuando se entregan los títulos que contienen la cosa o cosas a ser poseídas, como por ejemplo: los certificados de depósito. Hay cosas que están contenidas en títulos, en papeles o en documentos. Hay personas que a través de un título están poseyendo, porque el título es suficiente: por ejemplo cuando depositamos nuestro dinero en un banco.


La adquisición derivativa puede realizarse bien por acto entre vivos como te acabo de explicar, pero también puede darse como consecuencias de mortis causa. La primera de ellas constituye el principio, en tanto que la segunda es la excepción.

La adquisición derivativa por causa de muerte es una circunstancia de excepción mediante la cual el causante de la transmisión ha muerto y el adquirente le sustituye por existencia de un derecho en la posesión. A pesar de la consideración excepcional, es un principio simple que impide la desaparición del concepto posesorio con la muerte de su poseedor, pues el heredero lo adquiere por adquisición derivativa por causa de su muerte. La ignorancia del sucesor de la existencia de esta institución en su causante no menoscaba sus derechos legítimos.


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