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Mostrando entradas de agosto, 2025

Efectos legales de la Renuncia de Miembros en Asociaciones Civiles sin fines de Lucro.

En Venezuela las personas tienen el derecho de asociarse para constituir una Asociación Civil sin fines de Lucro, de conformidad con lo establecido en la Ley de Regularización, Fiscalización, actuación y financiación de ONG y Organizaciones sociales sin fines de Lucro. Igualmente pueden cuando así lo deseen renunciar a su derecho de formar parte de cualquier organización social; lo habitual para dejar de pertenecer a una Asociación Civil sin fines de Lucro, es por escrito mediante una carta de renuncia dirigida a la Organización Social, la cual deberia ser recibida y sellada por la persona autorizada para este tipo de asuntos legales en los Estatutos Sociales, que habitualmente suele ser el representante legal o presidente. Otro punto importante en estos casos, es enviar dicha carta de renuncia al correo electrónico oficial de la Asociación civil sin fines de Lucro, para así tener otra prueba fehaciente de la notificación de la renuncia voluntaria. Está alternativa suele ser prudente e...

ONG y Asociaciones Civiles sin fines de Lucro, deben actualizar sus Estatutos Sociales, según nueva normativa.

ONG y Asociaciones Civiles sin fines de Lucro, deben actualizar sus Estatutos Sociales, según nueva normativa. El pasado 15 de Noviembre del 2024, fue publicada en Gaceta oficial extraordinaria N° 6.855, la Ley de Fiscalización, Regularización, actuación y financiamiento de las Organizaciones no gubernamentales ONG y Organizaciones sociales sin fines de lucro. Esta norma tiene por objeto regular la constitución, registro, funcionamiento y financiamiento de las Organizaciones no gubernamentales ONG y Organizaciones sociales sin fines de lucro, como formas asociativas orientadas a la participación corresponsable de la sociedad de conformidad con lo establecido en la Constitución y tratados ratificados por la República Bolivariana de Venezuela. Actualización de Estatutos Sociales. La precitada ley establece que las organizaciones no gubernamental ONG y Organizaciones sociales sin fines de lucro, adquieren su personalidad jurídica con la protocolización de su acta constitutiva ante el órga...

Requisitos para registrar una marca como persona jurídica extranjera en Venezuela.

En Venezuela las Marcas Comerciales, se registran ante el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI). El registro de una marca comercial, tiene múltiples beneficios para tu empresa, entre ellos: 1) distinguir tu producto o servicio en el mercado, 2) crear valor a la empresa mediante la creación de activos intangibles y 3) satisfacer las necesidades de los clientes mediante la creación de un portafolio de marcas segmentadas. Las personas jurídica extranjeras que que deseen registrar una marca comercial en Venezuela, deben contar con los siguientes requisitos: 1) Copia de la cédula de identidad o Pasaporte Vigente, del solicitante. 2) Copia del Registro de Información Fiscal (RIF) Vigente del solicitante. 3) Poder Notariado, legalizado y/o apostillado, otorgado por la persona con facultad para ello dentro de la empresa. En caso de estar en un idioma distinto al Español este debe ser traducido a dicho idioma. 4) Copia del Acta Constitutiva y/o acta de Asamblea ordinaria o extraord...

Requisitos para registrar una marca como persona natural extranjera en Venezuela.

En Venezuela las Marcas Comerciales, se registran ante el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI). El registro de una marca comercial, tiene múltiples beneficios para tu empresa, entre ellos: 1) distinguir tu producto o servicio en el mercado, 2) crear valor a la empresa mediante la creación de activos intangibles y 3) satisfacer las necesidades de los clientes mediante la creación de un portafolio de marcas segmentadas. Las personas naturales extranjeras que que deseen registrar una marca comercial en Venezuela, deben contar con los siguientes requisitos: 1) Copia de la cédula de identidad o Pasaporte Vigente del solicitante. 2) Copia del Registro de Información Fiscal (RIF) Vigente del solicitante. 3)  Poder Notariado, legalizado y/o apostillado. En caso de estar en un idioma distinto al Español este debe ser traducido a dicho idioma. 4) Facsimile del Logo de la marca a registrar. 5) Pago Aranceles correspondiente ante el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI...