Ir al contenido principal

SUNAVAL, emite circular sobre Requisitos para Aperturar Cuentas de Corretaje Bursátil (CCBU).

 


La Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL) mediante circular N° DSNV/GCI/001 de fecha 04 de Abril del 2025, actualizo aspectos legales relacionados con la apertura de cuentas de corretaje bursátil para personas naturales, ante casas de bolsa y sociedades de corretaje debidamente autorizadas por el ente regulador (SUNAVAL). Definiendo dos niveles:

1. Cuentas de corretaje bursátil (CCBU) personas naturales nivel 1:

Las cuentas nivel 1, podrán movilizar mensualmente la cantidad máxima de mil (1.000) veces el tipo de cambio oficial de la moneda mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV), estás deberán consignar los siguientes requisitos:

- Copia de la cédula de identidad vigente, en caso de ser extranjero copia del pasaporte del inversionista.

2. Cuentas de corretaje bursátil (CCBU) personas naturales nivel 2:

Las cuentas nivel 2, podrán movilizar mensualmente montos superiores a la cantidad mil uno (1.001) veces el tipo de cambio oficial de la moneda mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV), estás deberán consignar los siguientes requisitos:

-Copia de la cédula de identidad vigente, en caso de ser extranjero copia del pasaporte del inversionista.

- Rif vigente del inversionista

- Informe de atestiguamiento de ingresos, emitido por un contador público, cuando se trata de personas naturales que trabajen independientes, en caso de empleados deberán consignar constancia de trabajo.

En cuanto a las personas jurídicas deben regirse por los requisitos previstos en el Artículo 49 de las normas relativas a la administración y fiscalización de los riesgos relacionados con los delitos de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo,  financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva y otros ilicitos aplicables a los sujetos regulados por la Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL).

La presente circular entrará en vigencia a partir de su publicación en la pagina web de la Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL) y deja sin efecto la circular N° 0008 de fecha 26 de Abril del 2024.

La modificación en cuestión, consistió en el cambio de los montos en el umbral de inversión; anteriormente los montos para las cuentas de corretaje bursátil nivel 1 eran hasta quinientas (500) veces mensual el tipo de cambio oficial de la moneda mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV) y las nivel 2 montos superiores a las quinientas (500) veces mensual el tipo de cambio oficial de la moneda mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).

De igual forma, es importante acotar que para empezar a invertir en el mercado de valores, las personas interesadas deben aperturar una cuenta de corretaje bursátil ante una casa de bolsa o sociedad de corretaje de Valores.

Las cuentas de Corretaje Bursátil (CCBU) es un contrato que le permite a una persona natural o jurídica, comprar o vender acciones que cotizan en el mercado de valores, así como también negociar titulos valores de renta fija.

Si te gustó este artículo, el mejor cumplido que podrías hacerme sería compartirlo con esa persona que creas se beneficiará de él.

Descarga la circular Aqui

Este artículo fue redactado por:

Carlos Díaz | Abogado 

Para contactos en las 
siguientes direcciones:
 
Telefono
0412-5287815
 
Blog
 
Instagram:
 
Facebook
 
Correo:
 
 
















Comentarios

Artículos relacionados

Pasos para registrar una Asociación Civil sin fines de Lucro en Venezuela.

Las Asociaciones Civiles sin fines de lucro, juegan un papel importante en el desarrollo social de Venezuela, por cuanto ayudan a los sectores más vulnerables con recursos materiales y financieros necesarios para desenvolverse de manera optima en la sociedad. Al momento de iniciar una Asociación Civil sin fines de lucro en Venezuela, lo más importante es asesorarse en cuanto a los requerimientos legales a seguir para su Constitución y así cumplir con el ordenamiento jurídico que regula la materia, de conformidad con lo establecido en la Ley de Fiscalización, Regularización, actuación y financiamiento de las Organizaciones no gubernamentales ONG y Organizaciones sociales sin fines de lucro. A continuación explano los pasos y requerimientos que se deben seguir para registrar una Asociación Civil sin fines de lucro en Venezuela:  Las personas naturales o jurídicas con capacidad civil para contratar y obligarse podrán registrar organizaciones no gubernamental ONG y Organizaciones soci...

Conoce los detalles de la Ley de Fiscalización y Regularización de las Organizaciones no gubernamentales ONG y Organizaciones sociales sin fines de lucro.

En Gaceta oficial extraordinaria N° 6.855 del 15 de Noviembre del 2024, fue publicada la Ley de Fiscalización, Regularización, actuación y financiamiento de las Organizaciones no gubernamentales ONG y Organizaciones sociales sin fines de lucro. En el presente artículo realizó un análisis de los aspectos más importantes de esta norma, a lo fines de comprender mejor su alcance y contenido: Objeto de la norma: El objetivo de esta norma es regular la constitución, registro, funcionamiento y financiamiento de las Organizaciones no gubernamentales ONG y Organizaciones sociales sin fines de lucro, como formas asociativas orientadas a la participación corresponsable de la sociedad de conformidad con lo establecido en la Constitución y tratados ratificados por la República Bolivariana de Venezuela. Concepto de Organizaciones no gubernamentales ONG y Organizaciones sociales sin fines de lucro: A lo fines de está ley, se entiende por organización no gubernamental ONG y Organizaciones sociales sin...

3 Tips para Registrar una empresa de Vigilancia y Seguridad Privada en Venezuela | Parte 1.

Las empresas de vigilancia y seguridad privada en Venezuela son reguladas por el Reglamento de los Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada, bajo la supervisión y control de la Dirección General de los servicios de Vigilancia y Seguridad Privada (DIGESERVISP). Si quieres constituir un Compañía Anónima de vigilancia y seguridad privada en Venezuela, debes cumplír con una serie de requisitos legales, es por ello que hoy quiero compartir tres (3) tips legales sobre dicho proceso. 1) Las personas naturales o jurídicas interesadas en constituir una empresa de Vigilancia y Seguridad Privada en Venezuela, deberán solicitar previamente ante la Dirección General de los servicios de Vigilancia y Seguridad Privada (DIGESERVISP), la autorización para la inscripción del acta constitutiva en el Registro Mercantil correspondiente, acompañado de los requisitos legales para tal fin. 2) El capital social mínimo para constituir una empresa de Vigilancia y Seguridad Privada en Venezuela, es 500.000 uni...

Requisitos para registrar una empresa (C.A) en Venezuela.

Las Compañías Anónimas en Venezuela se encuentran reguladas en el Código de Comercio, y las mismas tienen como finalidad realizar diversas actividades económicas en sociedad, es decir para su constitución se necesitan en principio dos o más socios. Si deseas registrar una empresa C.A en Venezuela, estos son los requisitos que debes tener: 1) Cedula de identidad vigente. En caso de ser extranjero, pasaporte acompañado de la respectiva visa de transeúntes, negocios, empresario o inversionista. 2) Documento constitutivo de la Compañía anónima redactado y visado por un abogado. 3) Balance de apertura, visado por un contador público colegiado. 4) Carta de aceptación de comisario. 5) Pago de Aranceles ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarías, y timbres fiscales municipales. Cabe destacar que estos requisitos pueden variar según el registro mercantil o municipio donde se realice el trámite. PYMES : actualmente en Venezuela se encuentra vigente el registro de PYMES,  una figura ju...

Requisitos para registrar una firma personal en Venezuela.

Las firmas personales en Venezuela se encuentra reguladas por el Codigo de Comercio, y las mismas sirven para realizar diversos tipos de actividades comerciales a titulo personal por un comerciante o empresario. Si deseas registrar una firma personal en Venezuela, estos son los requisitos que debes tener: 1) Cedula de identidad vigente. En caso de ser extranjero, pasaporte acompañado de la respectiva visa de transeúntes, negocios, empresario o inversionista. 2) Documento constitutivo de la firma personal redactado y visado por un abogado. 3) Soporte del Capital Social de la firma personal (bienes o efectivo) 4) Pago de Aranceles ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarías, y timbres fiscales municipales. Cabe destacar que estos requisitos pueden variar según el registro mercantil o municipio donde se realice el trámite. Si te gustó este artículo, compártelo con esa persona que creas se beneficiará de él. Este artículo fue redactado por: Carlos Díaz | Abogado  Para contactos e...