Exoneradas del pago de arancel, protocolización de Asociaciones Civiles sin fines de lucro de carácter Religioso.
Según Gaceta Oficial 6.796 de fecha 08 de Marzo del 2024, fue publicada la providencia administrativa N° 102 de fecha 07 de Marzo del 2024, emanada del Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN), la cual establece la tasa en cero petros, por concepto de Registro de Asociaciones Civiles sin fines de lucro de carácter Religioso.
Los aspectos más relevantes de la precitada providencia son los siguientes:
1) Se establece en cero petros la tasa para protocolización de las actas constitutivas de las Asociaciones Civiles sin fines de lucro de carácter Religioso.
2) La providencia administrativa N° 102 de fecha 07 de Marzo del 2024, se aplicará de manera preferente a lo establecido en el numeral 13 de la providencia administrativa N° 001 de fecha 06/01/22 publicada en Gaceta Oficial 42.301 del 20/01/22.
3) En cuanto a la entrada en vigencia de la providencia ut supra, la misma entrara en vigencia apartir de su publicación en Gaceta Oficial.
Cabe destacar que está exoneración en el pago de Aranceles, solo es aplicable para la constitución de Asociaciones Civiles sin fines de lucro de carácter Religioso, por cuánto así lo expresa dicha providencia.
Articulo redactado por: Carlos Diaz
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