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Requisitos para registrar una Firma Personal en Venezuela


Las firmas personales, son una forma de formalizar un emprendimiento o actividad comercial en Venezuela, las mismas se encuentra reguladas en el Artículo 26 del Código de Comercio Venezolano.

Artículo 26 Codigo de Comercio: 

Un comerciante que no tiene asociado o que no tiene sino un participante, no puede usar otra firma o razón de comercio, que su apellido con o sin el nombre. Puede agregarle todo lo que crea útil para la más precisa designación de su persona o de su negocio; pero no hacerle adición alguna que haga creer la existencia de una sociedad.

Las firmas personas tienen unas características jurídicas particulares a cualquier otra empresa, entre estás te mencionaré las siguientes:

1) El nombre debe contener de manera obligatoria el primer apellido del titular con o sin el nombre, pudiendo hacer alusión a alguna característica del negocio. Por ejemplo: Marcano Zapateria

2) No requieren socio para ser constituida, estás son formalizadas por el comerciante individual.

3) Requiere de menos requisitos y complejidad para su formalización.

4) Una desventaja es que el patrimonio y responsabilidades de una firma personal no tienen independencia con la del titular de la firma. Ejemplo: si un comerciante individual quita un crédito y no lo paga, este será responsable hasta con su patrimonio para cumplir con la obligación, mientras que en una compañía anónima principalmente los socios serian responsables hasta su cuota parte, conforme a la participación accionaria que tenga en la compañía.

5) Las firmas personales deben cumplir con las obligaciones legales y fiscales, al igual que una compañía anónima.

Las firmas personales se registran ante el Registro Mercantil del lugar donde se vaya a desarrollar la actividad comercial, para ello debes contar con los siguientes requisitos:

1) Copia de la cédula de identidad vigente

2) Documento constitutivo redactado y visado por un abogado.

3) Pago de Aranceles ante el Registro Autónomo de Registros y Notarias (SAREN), así como los timbres fiscales municipales.

4) En caso del comerciante extranjero, este debe contar con su pasaporte vigente, con la respectiva visa de transeúnte de negocios, inversionista o empresario.

5) Soporte del capital, si es en efectivo referencia de la entidad bancaria y movimientos del saldo, en caso de ser bienes las respectivas facturas que acrediten la propiedad sobre los mismos.

Estos requisitos pueden variar de acuerdo al Registro Mercantil y Estado, dónde se realice el trámite.

Si tienes alguna duda, con respecto al contenido del presente artículo, déjame tu comentario.

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